Camuzzi Gas

Bases y Condiciones – Agosto – MES DE LA FOTOGRAFÍA

1. ORGANIZADOR DEL SORTEO

El presente concurso es promovido por Camuzzi Gas Pampeana S.A. (en adelante EL ORGANIZADOR), CUIT 30-65786428-1, con domicilio en Av. Alicia Moreau de Justo 240 Piso 3 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires.

2. BASES DE PARTICIPACIÓN

Estas Bases y condiciones constituyen los requisitos particulares necesarios para participar del concurso “Mes del historiador” (el “Concurso”). Todos los aspectos relativos a las condiciones de participación, vigencia, duración, funcionamiento del sorteo y premios, se regirán por lo aquí dispuesto.

3. ACEPTACIÓN DE LAS BASES DE LA PROMOCIÓN

La participación en el Concurso supone la aceptación plena e incondicional de todas las condiciones aquí fijadas. La aceptación de estas bases y condiciones (las “Bases”) son requisito indispensable para participar del Concurso. Quienes no acepten o no estén de acuerdo con cualquier disposición relativa a estas Bases, no podrán participar del Concurso. Las decisiones del ORGANIZADOR sobre todos y cada uno de los aspectos al Concurso serán definitivas e inapelables. La obtención del Premio depende del cumplimiento de todos los requisitos establecidos en las Bases.

4. CONDICIONES PARA SER PARTICIPANTE

Podrán participar en el Concurso todas las personas mayores de 18 años, con domicilio en el ámbito de las zonas de concesión del servicio de distribución de gas natural que prestan las distribuidoras Camuzzi Gas Pampeana S.A. y Camuzzi Gas del Sur S.A. (ambas en su conjunto la “Distribuidoras”), y que acrediten ser usuarios del servicio prestado por tales Distribuidoras (los “Usuarios”). A los efectos de estas Bases y Condiciones, se informa que la zona de concesión de las Distribuidoras comprende el interior de la provincia de Buenos Aires (excluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires), la provincia de La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.

No podrán participar del Concurso, ni volverse acreedores del Premio: las personas jurídicas; las personas domiciliadas fuera del área de concesión de las Distribuidoras; empleados y/o personal directivo o jerárquico de las Distribuidoras, ni familiares hasta el segundo grado de parentesco de las personas anteriormente mencionadas.

Los Usuarios que participen en este Concurso, por su sola participación, aceptan de pleno derecho en forma total e incondicional todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases. 

5. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

Podrán participar de este Concurso todos los Usuarios que sigan los perfiles de Camuzzi en Instagram y/o Facebook, tilden “me gusta” en la publicación sita en https://www.instagram.com/camuzzigas/ y/o https://www.facebook.com/camuzzigas (la “Publicación del Concurso”), y arroben a otro usuario en cada respectiva red. 

Al finalizar el período de participación, EL ORGANIZADOR tomará como participantes calificados todos aquellos Usuarios que hayan cumplido las consignas, conforme a lo indicado en el párrafo precedente. EL ORGANIZADOR se reserva el derecho y posibilidad de dar de baja o descalificar a Usuarios que incumplan las reglas del sorteo.

6. DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN

Se podrá participar del Concurso desde el día 1° de agosto de 2024 a las 10 h hasta el día 20 de julio de 2024 a las 15 h. 

7. PREMIO

Entre todos aquellos Usuarios que participen del Concurso que cumplan con las condiciones establecidas en las presentes Bases se sortearán dos cámaras de fotos “Intax”, una por cada red, (el “Premio”).  El Premio no podrá ser intercambiado por ningún otro producto. 

8. MODALIDAD DE SORTEO

Los Usuarios participantes correctamente registrados participarán del sorteo a realizarse el día 20 de agosto de 2024. Se sorteará un comentario ganador con el nombre del usuario participante por cada red (Instagram y Facebook), de forma aleatoria a través del sitio web app-sorteos.com, operado por EL ORGANIZADOR. Se seleccionará al azar, por sistema random, al potencial ganador del premio (el “Potencial Ganador”) y a dos (2) suplentes (“Suplente/s”) por cada red. 

EL ORGANIZADOR certifica y garantiza la legalidad, transparencia y correcto funcionamiento del Software, avalando ello por medio de una filmación en el momento de hacer el sorteo.

9. ENTREGA DEL PREMIO

Para hacerse acreedor del Premio, el Potencial Ganador deberá responder el mensaje de notificación enviado por EL ORGANIZADOR vía mensaje privado dentro de cada red social correspondiente.

En caso de que EL ORGANIZADOR no lograra contactarse con el Potencial Ganador en el plazo previsto de 24 h, dicho Potencial Ganador perderá automáticamente el derecho a que el Premio le sea asignado, y el mismo podrá ser asignado al primer Suplente que cumpla con los requisitos y condiciones que para su asignación se establecen en estas Bases. En caso de que el primer Suplente tampoco pueda ser contactado y/o rechace al Premio, se seguirá con el Suplente que lo sigue en orden. En caso de que no sea posible contactar a ninguno de los Suplentes, EL ORGANIZADOR podrá disponer del Premio libremente.

10. PUBLICACIÓN DEL GANADOR 

Los ganadores del Concurso autorizan expresamente a las Distribuidoras a difundir sus nombres, fotos, y demás datos personales que hubiere brindado para participar del presente Concurso, en los medios y canales de comunicación que considere conveniente, sin derecho a compensación alguna.

11. TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

Los datos personales que el ORGANIZADOR reciba o posea de los participantes del Concurso serán tratados de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. 

12. MODIFICACIÓN DE LAS BASES Y CONDICIONES 

En casos excepcionales, EL ORGANIZADOR se reserva el derecho a efectuar las modificaciones de las presentes bases y condiciones, que, a su mejor entender, considere conveniente para el éxito de la promoción, las que serán debidamente publicadas a través de www.camuzzigas.com/novedades. Las Bases rigen para el Concurso, salvo que concurrieren situaciones de caso fortuito o fuerza mayor que impidan u obstaculicen su completa implementación. A tal efecto se considerarán como situaciones de caso fortuito o fuerza mayor a mero título ejemplificativo y no limitativo las siguientes a saber: hechos de guerra civil o internacional, guerrilla, rebelión, sedición, motín o terrorismo; hechos de lock out o huelga no imputable al organizador; suspensión de eventos, espectáculos sean estos artísticos, culturales, deportivos o de cualquier otra naturaleza, cuando la suspensión no fuera imputable a EL ORGANIZADOR. En estos casos, EL ORGANIZADOR, quedará exenta de toda responsabilidad.

13. EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD 

Por el solo hecho de participar de este Concurso, los Usuarios participantes, aceptan expresamente las Bases que lo rigen, renunciando expresamente a efectuar cualquier tipo de reclamo que se derive directa y/o indirectamente con el Concurso y/o la participación en el mismo. Las Distribuidoras no serán responsable por los daños y perjuicios que pudieran sufrir los participantes o terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de su participación y/o entrega del Premio y/o retiro del mismo y/o su utilización. 

14. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD 

La promoción no está patrocinada, avalada, administrada ni asociada en modo alguno a Facebook®, Twitter®, Instagram®, Youtube® y Google®. Los participantes del presente sorteo proporcionan la información solicitada al ORGANIZADOR y no a las demás entidades digitales.

15. INTERPRETACION

EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de interpretar soberanamente las presentes Bases, circunstancia que los Usuarios participantes aceptan por el solo hecho de participar del Concurso. 

15.1. Cualquier situación que pudiera plantearse con relación al Concurso y que no estuviera expresamente resuelto por estas Bases, será únicamente dirimida por EL ORGANIZADOR, conforme a derecho y sus decisiones serán inapelables. 

16. JURISDICCION Y LEY APLICABLE

Estas Bases se rigen e interpretan de acuerdo con las leyes de la República Argentina. Las cuestiones judiciales y/o extrajudiciales que pudieran derivarse de este Concurso se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.  

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